Con la digitalización cada día más presente en nuestro día a día,
la normativa de protección de datos tuvo que adaptarse a las nuevas necesidades existentes para amparar y proteger los derechos de los usuarios en internet.
Los
derechos digitales, vinculados a la
libertad de expresión, de opinión, de acceso a la información y de privacidad,
pasan así a convertirse en derechos fundamentales, al ser una extensión de éstos en la red.
Internet ha transformado la forma en que estas libertades y derechos se llevan a cabo, pero también la forma en la que se deben proteger o vulneran, además de dar lugar a
nuevos derechos o situaciones que antes no existían. La Ley, por tanto, se debe adaptar a esta nueva situación, regulando estos derechos y sus características y así se hizo en España con la entrada de la
Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales en 2018.
No obstante, la tecnología avanza muy rápidamente, por lo que constantemente se debe adaptar la ley y estar pendiente de las nuevas necesidades y situaciones existentes en la red. El
5G, la tecnología
Blockchain o el
Metaverso son algunos ejemplos de ello.
Por ello, el Gobierno de España adoptó en 2021 la
Carta de Derechos Digitales que, sin tener carácter normativo, ofrece un marco de referencia para
garantizar los derechos de los Usuarios en la era digital, con el objetivo de adaptar de los derechos fundamentales al entorno virtual y digital. La Carta recoge 26 derechos, de los cuales os explicaremos los más relevantes:
- Acceso universal e igualitario a Internet. Independientemente de ubicación geográfica, género, raza o cualquier otra característica personal.
- Libertad de expresión, información y comunicación. La censura de contenidos o de estas libertades se considera que atenta contra los derechos humanos básicos.
- Privacidad y protección de datos. Los usuarios de internet deben conocer quien almacena sus datos, el motivo y solicitar que se usen o almacenen.
- Derecho al anonimato. Las comunicaciones deben estar cifradas para realizar transacciones seguras en la red.
- Derecho al olvido. Derecho a que la información privada de una persona se elimine de las búsquedas de internet y bases de datos de la red cuando contenga datos inexactos o no actualizados.
- Protección del menor. Se debe garantizar a los menores un acceso seguro a internet, protegiéndolos de las amenazas y riesgos que puedan existir en la red.
- Propiedad intelectual. Todos los contenidos que se muestran en la red son propiedad de sus autores, quienes tienen el derecho exclusivo de utilizarlos a no ser que se diga lo contrario.
- Desconexión digital. Se garantiza a los trabajadores que se respetará su tiempo de descanso y de intimidad, sobre todo atendiendo al auge del teletrabajo o trabajo remoto, con el objetivo de conciliar la vida personal y familiar con la laboral.
- Derecho a la intimidad en el ámbito laboral. Los trabajadores deberán ser conscientes en todo momento si fuera el caso de que se controlan sus dispositivos, se les graba o geolocaliza. La empresa debe informar de la existencia de estas medidas de manera clara y concisa de manera previa a su utilización y motivar porqué se llevan a cabo estos controles.
- Derecho de rectificación. Los Usuarios podrán solicitar que se rectifiquen aquellos datos o contenidos que atenten contra su intimidad y no reflejen su situación actual.
- Derecho de actualización. Los Usuarios podrán solicitar que se actualicen aquellos contenidos o datos que no reflejen su situación actual.
- Derecho de portabilidad. Los Usuarios podrán solicitar que se transmitan o reciban sus datos entre prestadores de servicios de internet.
- Educación digital. Los centros educativos deben incluir en sus planes docentes competencias digitales para fomentar la plena inserción de los alumnos en la era digital.
- Testamento digital. Las personas vinculadas a un fallecido pueden dirigirse a los prestadores de servicios de internet para dar instrucciones sobre los contenidos personales del fallecido, como su supresión o utilización, siempre y cuando el fallecido no hubiere dejado testamento al respecto.
Si quieres obtener más información sobre los derechos de los Usuarios y como puedes ejercerlos o como tu empresa puede estar al día para garantizarlos, siéntete libre de contactarnos y estaremos encantados de ayudarte