El alertador no es un chivato

8 de noviembre de 2021

“La denuncia de irregularidades es el acto de informar sobre sospechas o riesgo de irregularidades.” Así es como empieza la introducción de la recientemente publicada (AENOR) Norma UNE-ISO 37002 que regula una serie de Directrices sobre los sistemas de gestión de denuncia de irregularidades (entendiendo estas, como las acciones u omisiones que pueden provocar un daño).


El próximo 17 de diciembre entrará en vigor la obligatoriedad de disponer de un canal de denuncias en empresas de más de 50 trabajadores. Tras 2 años desde la aprobación de la Directiva Europea, 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, muchas empresas viven ajenas a esta nueva exigencia.


Si bien es cierto que todas las organizaciones disponen de sus vías más o menos convencionales para denunciar determinados hechos alejados de la legalidad, valores o ética empresarial perseguida, la trasposición de la directiva genera la necesidad de reforzar dichas vías. Se trata pues de un avance que busca la homogeneización eficiente y ordenada del proceso de comunicación de las posibles incidencias, comunicando en la organización estas vías, a la vez que se dota de garantías al sistema y a las personas.


Cabe destacar que una buena implementación en este sentido, genera confianza y ayuda en la mitigación y detección de riesgos en la organización. Recordemos que el compliance officer, la función de compliance o el sistema de compliance diseñado, con sus medios y recursos limitados, necesita interpelar a todas las partes relacionadas con la organización. En consecuencia, resulta de vital importancia encontrar apoyos, y donde mejor que de la mano de los propios trabajadores que viven la realidad en la empresa diariamente para que la función de compliance no se encuentre huérfana de significado.


Los canales de denuncia, ya sean anónimos o confidenciales, internos o externos, deben garantizar que el denunciante, con independencia de los motivos o la veracidad de los hechos que comunica, no se verá sometido a persecución alguna. De igual forma, para que gocen de utilidad, deben ser dinámicos, por todos conocidos y, recurrentemente usados. No recibir ninguna denuncia, o un reducido número de denuncias, en relación con las dimensiones de la empresa, suele ser sinónimo de una mala comunicación del canal o una ausencia de cultura de cumplimiento.


Muchas investigaciones de hechos delictivos cometidos en el seno de las empresas, se han podido iniciar y atajar gracias a la colaboración de los alertadores o denunciantes. Aunque desgraciadamente en lo referente a la actualidad de España, en muchos casos, por nuestra cultura e idiosincrasia sigue viéndose la figura del alertador (o chivato) como algo negativo, ya sea por miedo a las posibles represalias o por una concepción distorsionada del deber de lealtad corporativa. Sin ir más lejos, en países con una mayor cultura del Whistleblowing (hacer sonar el silbato, en español), tales como Reino Unido o Estados Unidos, existen incluso programas de incentivos para promover la investigación de estas conductas. Por lo tanto, desde Ethikos & Compliance, entendemos el rol clave que ejerce esta persona, y lejos de compartir esa connotación de rechazo social compartida por algunas, creemos que supone un ejercicio de valentía, integridad y compromiso con la organización.


En la antes mencionada ISO, cuya lectura recomendamos, por ser relativamente amena y accesible, se explicitan, a modo resumen, las siguientes bases de todo sistema de gestión de denuncias para:

  • Alentar y facilitar la denuncia de irregularidades.
  • Apoyar y proteger a los denunciantes y otras partes interesadas.
  • Asegurar que las denuncias de irregularidades se traten de una manera adecuada y oportuna (con el rigor y la proporcionalidad debida).
  • Mejorar la cultura organizacional y gobernanza.
  • Reducir los riesgos de irregularidades.


Sin lugar a dudas, dotar a nuestra organización de un canal de gestión de denuncia de irregularidades, demuestra nuestro compromiso como líderes de cualquier proyecto empresarial para prevenirlas y tratarlas, fomentando una cultura de aperturismo, transparencia e integridad. Además, la rendición de cuentas y el régimen sancionador que se derive de toda fructífera investigación abierta, debe no sólo, favorecer el cumplimiento de las políticas y procedimientos organizacionales, así como las obligaciones legales y sociales asumidas, sino también ayudar a atraer y retener el talento alineado con los valores y cultura de la organización.


Confiamos en que la ISO 37002, y la correlativa transposición de la norma europea, asienten las bases de un cambio de paradigma para alentar a todo conocedor de una conducta irregular a levantar el velo de manera temprana, para minimizar la pérdida de activos y reducir y prevenir el trato perjudicial que sufren los denunciantes y otras personas implicadas.


Si quieres obtener más información sobre los canales de denuncia o estás pensando en implementarlo en tu empresa, siéntete libre de contactarnos y estaremos encantados de ayudarte.

31 de octubre de 2024
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9 de octubre de 2024
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